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Impuesto de renta : personas naturales y sucesiones ilíquidas

By: Material type: TextTextLanguage: Español Publisher: Armenia (Quindío) : Centro Interamericano Jurídico - Financiero , 2006Edition: 1a ediciónDescription: 211 páginas tablas ; 23 x 17 cmISBN:
  • 9588081521
Subject(s): DDC classification:
  • 336.242 V441 21
Partial contents:
1 Generalidades .-- 2 Determinación y liquidación del impuesto .-- 3 Asalariados .-- 4 Profesionales y trabajadores independientes .-- 5 Sucesiones ilíquidas y donaciones .-- 6 Personas naturales comerciantes, empresa unipersonal y libros de comercio .-- 7 Obligaciones tributarias y régimen sancionatorio.
Abstract: El Impuesto sobre la Renta y Complementarios sigue siendo el principal tributo directo para el Estado Colombiano por el monto del recaudo que reporta incluyendo la Sobretasa del 10% y, además, porque el valor patrimonial de los bienes declarados sirve de base para liquidar el Impuesto de Patrimonio, siempre que el valor total de los mismos exceda la suma de $3.344.378.000 en el año 2006. Adicionalmente, con la última Reforma Tributaria se han disminuido las cuantías a partir de las cuales se debe declarar este Impuesto de Renta, estimando en cerca de 600.000 los nuevos contribuyentes a los que se suman los omisos que se vienen detectando con la aplicación del "Modelo Único de Ingresos, Servicio y Control Automatizado - MUISCA". Al respecto baste citar que según el artículo 594-3 E.T., deben declarar las personas naturales que hayan tenido compras y/o consumos, con cualquier medio de pago incluyendo las tarjetas de crédito, por valor superior a $53.050.000 ó 55.740.000 en los años gravables 2005 y 2006, respectivamente. Esto significa por ejemplo, que una persona sin actividad económica, como es el caso del ama de casa con ese nivel de consumo aunque no tenga ingresos ni un patrimonio bruto significativo - ya estará obligada a cumplir con su denuncio rentístico ante la DIAN. En diciembre 31 de 2005, han concluido los beneficios de la Ley Quimbaya, y estaba previsto que al descuento del IVA en la compra de maquinaria industrial y el leasing operativo también terminara en esa fecha. Sin embargo, con la Ley 1004 se prorrogó la vigencia así: El descuento en maquinaria hasta el 31 de Diciembre de 2007 y el Leasing operativo por el año 2006. No obstante, se presenta una inconsistencia respecto a la prórroga para el leasing porque la Ley no se puso en vigencia inmediata a los artículos 5, 9 y 10 de la misma, lo cual requerirá interpretación oficial de la DIAN. Entretanto, quedan otras alternativas para seguir procurando una tributación justa y adecuada a la realidad económica de los contribuyentes. Un ejemplo de ellos evaluar las ventajas de la tributación como persona natural antes que como sociedad o como Empresa Unipersonal, la cual resulta extremadamente onerosa para quienes tienen niveles de renta líquida inferior a $100 millones... en fin son muchas las situaciones que se reflejan al interior de este documento que el Centro Interamericano Jurídico - Financiero "CIJUF", a instancias del Dr. Rodrigo Monsalve T., ha querido poner a disposición de los tributaristas, asesores, asalariados, profesionales independientes, comerciantes y sucesiones ilíquidas. En fin, se trata de una obra sencilla en su presentación, con un lenguaje claro y con ejemplos prácticos que muestran el sentido y alcance de las normas en su aplicación concreta, la que esperamos encuentren útil en su gestión productiva.
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Libros Libros Biblioteca Gustavo Vásquez Betancourt. Sede Medellín Torre 2 Colección Ciencias Contables 336.242 V441 (Browse shelf(Opens below)) Ej.1 Available 11288

1 Generalidades .-- 2 Determinación y liquidación del impuesto .-- 3 Asalariados .-- 4 Profesionales y trabajadores independientes .-- 5 Sucesiones ilíquidas y donaciones .-- 6 Personas naturales comerciantes, empresa unipersonal y libros de comercio .-- 7 Obligaciones tributarias y régimen sancionatorio.

El Impuesto sobre la Renta y Complementarios sigue siendo el principal tributo directo para el Estado Colombiano por el monto del recaudo que reporta incluyendo la Sobretasa del 10% y, además, porque el valor patrimonial de los bienes declarados sirve de base para liquidar el Impuesto de Patrimonio, siempre que el valor total de los mismos exceda la suma de $3.344.378.000 en el año 2006.

Adicionalmente, con la última Reforma Tributaria se han disminuido las cuantías a partir de las cuales se debe declarar este Impuesto de Renta, estimando en cerca de 600.000 los nuevos contribuyentes a los que se suman los omisos que se vienen detectando con la aplicación del "Modelo Único de Ingresos, Servicio y Control Automatizado - MUISCA". Al respecto baste citar que según el artículo 594-3 E.T., deben declarar las personas naturales que hayan tenido compras y/o consumos, con cualquier medio de pago incluyendo las tarjetas de crédito, por valor superior a $53.050.000 ó 55.740.000 en los años gravables 2005 y 2006, respectivamente. Esto significa por ejemplo, que una persona sin actividad económica, como es el caso del ama de casa con ese nivel de consumo aunque no tenga ingresos ni un patrimonio bruto significativo - ya estará obligada a cumplir con su denuncio rentístico ante la DIAN.

En diciembre 31 de 2005, han concluido los beneficios de la Ley Quimbaya, y estaba previsto que al descuento del IVA en la compra de maquinaria industrial y el leasing operativo también terminara en esa fecha. Sin embargo, con la Ley 1004 se prorrogó la vigencia así: El descuento en maquinaria hasta el 31 de Diciembre de 2007 y el Leasing operativo por el año 2006. No obstante, se presenta una inconsistencia respecto a la prórroga para el leasing porque la Ley no se puso en vigencia inmediata a los artículos 5, 9 y 10 de la misma, lo cual requerirá interpretación oficial de la DIAN.

Entretanto, quedan otras alternativas para seguir procurando una tributación justa y adecuada a la realidad económica de los contribuyentes. Un ejemplo de ellos evaluar las ventajas de la tributación como persona natural antes que como sociedad o como Empresa Unipersonal, la cual resulta extremadamente onerosa para quienes tienen niveles de renta líquida inferior a $100 millones... en fin son muchas las situaciones que se reflejan al interior de este documento que el Centro Interamericano Jurídico - Financiero "CIJUF", a instancias del Dr. Rodrigo Monsalve T., ha querido poner a disposición de los tributaristas, asesores, asalariados, profesionales independientes, comerciantes y sucesiones ilíquidas.

En fin, se trata de una obra sencilla en su presentación, con un lenguaje claro y con ejemplos prácticos que muestran el sentido y alcance de las normas en su aplicación concreta, la que esperamos encuentren útil en su gestión productiva.

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